miércoles, 5 de mayo de 2010

El “maldito” SNIP como excusa

Este artículo nace como una reacción a una columna del blog Otra Mirada(http://blog.otramirada.pe/) del cual son responsables entusiastas muchachones de izquierda: Humberto Campodónico (columnista económico del diario La República y profesor universitario), Pedro Francke (ex jefe de FONCODES en la época de Toledo y profesor universitario), Salomón Lerner (aquí deben aclarar si se trata del ex rector de la Universidad Católica y ex presidente de la Comisión de la Verdad o del amigo del ex presidente Toledo a quien ampayaron extorsionando un periódico fujimorista) y Nicolás Lynch (ex ministro de educación de la administración Toledo).
El artículo de opinión en cuestión se titula “El MEF hace peligrar el presupuesto participativos” y fue “colgado” el 30 de junio del 2009. En resumen lo que se dice ahí es que el Decreto Supremo 097 2009, del MEF, publicado en el diario oficial en abril pasado “incluye una muy peligrosa disposición transitoria, en relación al presupuesto participativo del 2010, que establece lo siguiente (en su artículo N°7): “…los proyectos de inversión pública deben contar, como mínimo, con un Perfil elaborado y registrado en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), en el caso que la normativa de dicho sistema resulte aplicable.” Es decir, para el blog Otra Mirada, se restringe la libertad de elección que tienen los pueblos durante la etapa de los talleres de trabajo donde se definen las prioridades de gasto y el tipo de proyecto que se necesitaría. En mi interpretación, lo que le dice el MEF a la población es que te voy a acotar, te voy a restringir el universo de proyectos que puedes elegir a aquellos que YA CUENTAN CON UN PERFIL APROBADO POR EL SNIP. Esto es del todo razonable por los motivos y evidencias que expongo a continuación.



Cada año, a nivel nacional, se hacen los procesos de presupuesto participativo que son un requisito fundamental para que un gobierno regional o municipal reciba transferencias del MEF. Si no lo hacen, no hay plata. Es por ello, que las autoridades subnacionales hacen el ejercicio: lo hacen por cumplir una formalidad, no porque necesariamente crean en ello. La experiencia ha demostrado que es un espacio de catarsis colectiva, de pliego de reclamos personal o grupal, donde imperan los intereses de grupos organizados que participan de las reuniones. Aquí predominan los grupos de interés de la ciudad capital de la región, provincia y distrito y los del área urbana. ¿Alguien defiende a las comunidades campesinas?,¿A los centros poblados? ¿A los caseríos aislados? Existe formalmente la obligación, en el caso de la trasferencia del canon gasífero al distrito de Echarate (Provincia de La Convención-Cusco) de invertir el 30% de lo que recibe el municipio en las comunidades nativas ¿alguien va a castigar a las autoridades por haberse “olvidado” de las comunidades nativas del Bajo Urubamba? ¿Quién pesa más a la hora del presupuesto participativo, los habitantes de la zona urbana de Echarate o las comunidades nativas?


Lo que se priorice durante el ejercicio de presupuesto participativo, formalmente pasa a las oficinas de planificación y proyectos para que se vuelvan proyectos viables, cumpliendo todas las formalidades del SNIP. Aquí se tiene todo un proceso de compra de los servicios de consultores para que hagan los perfiles o proyectos (hay toda una experiencia de trafas y pagos a las autoridades para que se les contrate, toda una feria de mercachifles que circulan por los gobiernos sub-nacionales que copian proyectos de dudosa calidad, -sólo le cambian los nombres del proyecto y la localidad, algunos ni siquiera se toman la molestia de adecuar las medidas ni los pesos, etc.-), que se hacen a la carrera para cumplir con los plazos del ciclo presupuestal. Una vez que se tiene el proyecto declarado viable, se pasa a la sección de logística que tiene que utilizar distintas modalidades de licitación para contratar la ejecución del proyecto de acuerdo a los montos, según las formalidades del CONSUCODE.


Aquí viene un gran PERO: las autoridades no tienen la obligación de hacer el listado de proyectos que sale como resultado del ejercicio del presupuesto participativo. No hay referencia legal alguna de la obligación de la autoridad con el fiel cumplimiento de ese listado de prioridades: ¿cuánto del resultado del presupuesto participativo debe hacer? (¿el 20, el 50, el 80, el 100%?). Si encarpeta todo en un cajón, NO PASA NADA.


Pero volvamos a la queja de Otra Mirada: la libertad de elección conculcada. En tiempos de crisis económica, me parece razonable que en vez de hacer una catarsis colectiva para tratar de resolver los problemas de siempre, se busque en el banco de proyectos de los gobiernos subnacionales proyectos viables que resuelvan los problemas o necesidades de la comunidad. Para la opinión pública, se tiene como una letanía de las autoridades subnacionales el mantra “no puedo hacer inversión por el maldito SNIP que me pone trabas”. Lo han repetido tanto que es tomado como una excusa válida de su incapacidad de gestión.


Es por ello que me di el trabajo –junto con mi asistente- de buscar si esta afirmación, esta “leyenda negra” era verdad. Ha tomado 12 días de arduo trabajo obtener la información del portal del MEF (dicen que es un portal amigable, para nada). Hemos podido armar una base de datos de los 26 gobiernos regionales y los 1839 municipios provinciales y distritales del país. Los resultados son los que se muestran a continuación (Ver link al final del artículo). No voy a hacer ningún comentario adicional. Las cifras son más que contundentes: nos mintieron por años. Ante la evidencia que se muestra, sea usted amigo lector, un ciudadano crítico de sus autoridades subnacionales. El MEF ha dado, esta vez, una recomendación más que razonable. Para otra vez será muchachones de Otra Mirada.

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