jueves, 5 de septiembre de 2013

Perú adquirirá un satélite de alta resolución en el primer semestre del año 2014

2/09/2013
(Infodefensa.com) Lima – Tras superar los cuestionamientos de la Contraloría General al procedimiento de compra, parlamentarios integrantes de la Comisión de Inteligencia del Congreso Nacional del Perú anunciaron que enel primer semestre del año 2014, el país suramericano adquirirá su primer satélite de alta resolución.
La Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA), entidad relacionada a la Fuerza Aérea del Perú, registró en el Sistema Nacional de Inversión Pública delMinisterio de Economía y Finanzas el proyecto de adquisición de un satélite en el mes de agosto 2005, código SNIP 21918. A mediados del año siguiente, el Congreso aprueba la ley 28799 mediante la cual se declara de interés nacional la implementación del Centro Nacional de Operaciones de Imágenes Satelitales, con la finalidad de lograr independencia en la generación, recepción, procesamiento y distribución  de imágenes. En mayo del año 2010, CONIDA concluye el estudio de factibilidad sobre la compra de un satélite, en el que se proyecta un costo aproximado de 498 millones de soles (alrededor de 178 millones de dólares).
Desde una resolución de 2.5 metros, se ha ampliado los requerimientos a nivel sub-métrico, hasta 0,70 metros, una alta exigencia para las imágenes. Si bien es cierto que, usualmente, a mayor resolución, menor cobertura, la sofisticación del aparato de órbita polar (lo más usual para satélites de teledetección) puede compensar  ello al integrar cámaras de alta resolución y cámaras de barrido ancho, pero depende dirMinisterio de Defensa del Perú y las propuestas de las empresas postoras.
ectamente de los objetivos del
Cabe recordar que en el mes de mayo 2011, la compañía británica SSTL presentó una interesante propuesta al Ministerio de Defensa del Perú que comprendía el acceso inmediato a un satélite en  de mediana resolución en órbita, el lanzamiento de dos satélites, uno de alta resolución (1 metro de resolución y 20 kilómetros de barrido) y otro de mediana (22 metros y 320 kilómetros de cobertura). El paquete incluía transferencia tecnológica y capacitación a técnicos peruanos. La propuesta fue descartada y recientemente, el ministro de Defensa, Pedro Cateriano ha conversado con empresas francesas y españolassobre el tema. Corea del Sur también ha facilitado acceso a satélites como parte de la oferta de compra y coproducción de los aviones turboprop KT-1P.
El primer satélite peruano tendrá aplicaciones multisectoriales, en la planificación de carreteras, ferrocarriles, desarrollo urbano y rural, monitoreo ambiental y de desastres naturales, minería, control forestal, estudios marítimos, combate al terrorismo y narcotráfico, control de fronteras, entre otros. Contribuirá también con el producto bruto interno del país durante su ciclo de vida al facilitar la gestión de herramientas de desarrollo.
La congresista Ana María Solorzano, presidenta de la Comisión de Inteligencia afirmó que el satélite es indispensable, toda vez que otros países de la región disponen de no uno sino varios aparatos en órbita, y que ahora finalmente confluyen la voluntad política con la decisión de compra de un instrumento tan útil para el país.
El costo estimado del satélite es de 573 millones de soles, unos 205 millones de dólares al tipo de cambio vigente.
pw/ceh

lunes, 8 de julio de 2013

MENSAJE DE DESPEDIDA A TODOS LOS AMIGOS DE "Ese Cuco llamado SNIP"

Quiero agradecer a todos y cada uno de los más de 25000 visitantes que ha tenido este blog desde que apareció por primera vez en el año 2008, mi más sincero agradecimiento de todo corazón.

Por otro lado y de forma permanente debo retirarme de este simpático pero interesante pasatiempo que fué administrar este Blog, por razones de salud que me impiden seguir informando sobre la Inversión Pública vía esa aventura interesante que es y será para mi: "ESE CUCO LLAMADO SNIP".

Recuerdo que no se me habia ocurrido el nombre si no escuchando la queja de un alcalde distrital sobre esta frase: ¿DE QUÉ ME VAS HABLAR? ...¿DE ESE CUCO LLAMADO SNIP?,  que ahora cuenta con más de 26,000 visitantes sólo desde el 2010 que pusimos el contador de visitas...

Un abrazo a todos y si álguien está interesado en adoptar este blog, puede comunicarmelo a ranyrodriguez@hotmail.com y le cedo todo lo poco que representa....un abrazo amigos mios..


y gracias infinitas por visitar este portal... un amigo de siempre


Rany Francisco Rodríguez Reátegui
Editor...

domingo, 9 de junio de 2013

Destinan más de S/. 43 millones al Minag para trabajos en zonas altoandinas Sábado, 08 de junio del 2013

Recursos saldrán del Fondo Mi Riego, que permitirán implementar servicios e infraestructura en áreas por encima de los 1,500 metros sobre el nivel del mar. Monto financiará 19 proyectos de inversión pública ya aprobados.


Lima, (Andina).- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó destinar un monto de S/. 43’055,586 a favor del Ministerio de Agricultura(Minag) del Fondo de Promoción del Riego en la Sierra (Mi Riego) que usarán para brindar de servicios e infraestructura en zonas por encima de los 1,500 metros sobre el nivel del mar.
A través del Decreto Supremo se establece que estos recursos servirán para el financiamiento de proyectos de inversión pública declarados viables por el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
Mediante la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se creó Mi Riego, a cargo del Minag, orientado a reducir las brechas en el uso de los recursos hídricos con fines agrícolas, para generar mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema.
Para tal efecto se autorizó a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a depositar hasta S/. 1,000 millones en una cuenta de carácter intangible.
El 3 de mayo de 2013 el Comité Técnico del Fondo Mi Riego aprobó el financiamiento y ejecución de once proyectos de inversión pública a cargo del Minag, de los cuales tres estarán a cargo de la Unidad Ejecutora 006 Programa Sub Sectorial de Irrigación (PSI).
En tanto, ocho proyectos estarán a cargo de la Unidad Ejecutora 016 Sierra Centro Sur del mencionado ministerio.

viernes, 17 de mayo de 2013

Aprueban reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional


Lima, may. 15 (ANDINA). El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional, con el fin de impulsar el proceso de regionalización a través de un desarrollo e integración interdepartamental política y administrativa.
Reuniones de coordinación para conformar una mancomunidad regional. Foto: ANDINA/Archivo.
Reuniones de coordinación para conformar una mancomunidad regional. Foto: ANDINA/Archivo.
A través del Decreto Supremo 050-2013, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que el reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional busca promover también una participación de la sociedad en este proceso de desarrollo e integración.
La norma señala que estos objetivos deben ser concretados mediante relaciones de coordinación, colaboración y cooperación entre las mancomunidades regionales y las entidades públicas y privadas que correspondan.

Los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales intervinientes, así como las políticas nacionales deben estar considerados dentro de los objetivos de las mancomunidades regionales.
Serán los mismos gobiernos regionales intervinientes los que aportarán al financiamiento de las acciones o los proyectos de las mancomunidades.

Podrán recurrir, para ello, a la promoción de estos proyectos ante instituciones públicas y privadas nacionales o extranjeras.

Las mancomunidades regionales podrán establecer relaciones de coordinación, cooperación y colaboración con los sectores del Gobierno Nacional, constituyéndose en aliados estratégicos para promover y orientar  el desarrollo de las mancomunidades regionales.

Asimismo, con las universidades públicas que forman parte del alcance territorial de una mancomunidad regional, a fin de promover, de manera conjunta, el desarrollo integral de estas jurisdicciones, a través de capacitaciones y asistencia en la formulación y gestión de obras o proyectos de inversión pública.

La mancomunidad regional podrá suscribir convenios de coordinación, colaboración y cooperación con entidades privadas y públicas, para contribuir al cumplimiento de los fines de la misma.
En ningún caso podrá suscribir convenios que impliquen administración de recursos, costos compartidos y similares.
Los proyectos de inversión pública de las mancomunidades regionales tienen prioridad en su evaluación, respecto a otras iniciativas presentadas. Las evaluaciones se producirán dentro de los alcances del marco normativo del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) considera de manera prioritaria a las mancomunidades regionales dentro del Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno.

Además, brindará asistencia técnica en la elaboración de los planes básicos de desarrollo de capacidades y de gestión de las competencias.

El Ejecutivo, a través de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), asignará, de acuerdo con los recursos que reciba, los gerentes públicos necesarios para el cumplimiento de los fines de las mancomunidades.

Por otro lado, la PCM, a través de la Secretaría de Descentralización, aprobará el Registro de Mancomunidades Regionales, dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles.

Una mancomunidad regional es una entidad con personería jurídica, constituida a partir del acuerdo de dos o más gobiernos regionales.

El objetivo es mejorar los servicios y la ejecución de proyectos y obras de inversión pública, que promuevan la integración, desarrollo regional y participación de la sociedad, favoreciendo el proceso de regionalización.

El presente decreto supremo está refrendado por el Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso; el jefe del Gabinete, Juan Jiménez Mayor, y el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.

(FIN) LIT/RES
GRM

miércoles, 8 de mayo de 2013

Este mes se convocaría a licitación la red de fibra óptica


En atención al pedido formulado por el congresista Mesías Guevara Amasifuen, la Comisión de Transportes y Comunicaciones hizo llegar el informe sobre la situación de la convocatoria de la licitación pública de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (RDNFO), elaborado por PROINVERSION, en el que se da cuenta que dicha convocatoria se realizará el mes en curso. Como se recuerda la Ley N.º 29904 propuesta por el parlamentario, publicada en el Diario El Peruano el 20.07.2012, en su Artículo 3.º declara de necesidad pública e interés nacional, la construcción de una Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica que integre a todas las capitales de las provincias del país y el despliegue de redes de alta capacidad para integrar a todos los distritos, a fin de hacer posible la conectividad de Banda Ancha fija y/o móvil y su masificación en todo el territorio nacional, en condiciones de competencia. Asimismo, en su Artículo 8.º, establece que la entidad encargada de conducir el concurso será PROINVERSION. 
En marzo de este año el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) remitió a PROINVERSION los proyectos a nivel de Factibilidad, solicitando el inicio del proceso de promoción de la inversión privada; sin embargo, previas coordinaciones realizadas con la Dirección General de Política de Inversiones y la Dirección General de Presupuesto del MEF, la denominación de los proyectos fue modificada como “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica- Cobertura Universal Norte”, “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, Cobertura Universal Sur” y “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, Cobertura Universal Centro”. 
Según el informe, el proyecto ha sido diseñado y formulado por la Secretaría Técnica del FITEL, por encargo del Vice ministerio de Comunicaciones y en el marco del Sistema
Nacional de inversión Pública (SNIP). El proyecto propone una solución mixta transversal conformada por dos tipos de redes: a) La construcción de una red de fibra óptica como red de transporte de alta capacidad que conectará 180 capitales de provincia del país, cuyas características responden al “Componente de Transporte o “RDNFO”; y, b). La construcción de redes inalámbricas para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en banda ancha a la población de centros poblados rurales y lugares de preferente interés social, cuyas características corresponden al“Componente de Acceso”. 
El Componente de Transporte se instalará en forma de anillos para garantizar su disponibilidad y confiabilidad; asimismo, podrá utilizar la infraestructura de las redes de transmisión de energía eléctrica de alta y media tensión de las empresas de transporte de energía eléctrica. Estará compuesto por una Red Principal que conectará principalmente las capitales de la región y facilitará la salida internacional, y por una Red de Distribución, conformada por la red de fibra óptica hacia las capitales de provincia- 
El Componente de Acceso, beneficiaría a los centros poblados seleccionados con la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones de Banda Ancha (telefonía fija y acceso a internet de Banda Ancha). 
De otro lado, el Proceso de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto se hará en dos concursos: (i) selección del operador privado encargado del diseño, construcción, operación, mantenimiento, explotación y transferencia de las redes de transporte de los proyectos de las coberturas universales, Norte, Centro y Sur que integran la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, y (ii)selección del operador privado que implementará la red para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en los centros poblados rurales seleccionados. 
El plazo de la concesión será de 20 años, prorrogables y el financiamiento será determinado tomando en cuenta el valor de las inversiones estimadas, la evolución del tráfico cursado y de la evolución de los costos de operación y mantenimiento a lo largo del período de concesión. Los montos de cofinanciamiento total o parcial a cargo del Estado podrán canalizarse a través de la constitución de un fideicomiso y/o un fondo. 
Según el cronograma referencial la convocatoria a Concurso Público del Componente de Transporte se iniciaría el presente mes de mayo, el componente de Acceso empezaría en Junio del 2014. El Acto de Adjudicación de la Buena Pro está previsto para Octubre del 2013 y Diciembre del 2014, respectivamente. Ambas convocatorias se publicarán en el Diario Oficial El Peruano. 
Sobre la solicitud hecha a través de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, el parlamentario acciopopulista explicó “en nuestra labor legislativa no solo se trata de aprobar leyes, sino de hacerles un seguimiento a fin de que se cumplan, especialmente cuando se trata de aquellas que favorecen al desarrollo y a la modernidad del país”, puntualizó.

sábado, 27 de abril de 2013

PETROPERU EXONERADA DEL SNIP Y DEL FONAFE...


Petroperú ya está autorizada para explorar y producir hidrocarburos

Sábado, 27 de abril del 2013


El MEM aprobó el Reglamento de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de la empresa estatal, que la faculta para participar en todas las actividades del sector. Hoy también se aprobó la cesión del Lote 64 a la petrolera.

El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de Petroperú, que le otorga facultades para desarrollar todas las actividades de hidrocarburos en el país.
El reglamento se aprobó mediante el Decreto Supremo 012-2013-EM, en el marco de la Ley Nº 28840 (de Fortalecimiento y Modernización de la empresa estatal), y fue publicado hoy en El Peruano.
Así, Petroperú podrá desempeñarse en el rubro de hidrocarburos, desde la etapa de exploración hasta la de producción, en todas las fases de la industria y comercio de petróleo, incluyendo sus derivados, petroquímica básica e intermedia y cualquier otra forma de energía, señala el reglamento.
Asimismo, hoy también se concretó la transferencia del contrato del Lote 64, ubicado en Alto Amazonas, en Loreto, que actualmente se encuentra en actividad. Las empresas Talisman y Hess Perú optaron por retirarse del proyecto y cedieron sus acciones a la petrolera estatal.
En marzo, el presidente de Petroperú ya había anunciado que la empresa estaría facultada para explorar y producir hidrocarburos antes de finales de abril.
El reglamento establece, de acuerdo a la Ley Nº 28840, que las sucursales que constituya Petroperú se encuentran fuera del ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y de la normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
Asimismo, que cuando Petroperú suscriba contratos de asociación, consorcio, joint venture y otras modalidades, éstas se regirán por las disposiciones de la Ley General de Sociedades y por los usos y costumbres generalmente aceptados para estos tipos de participación e integración de negocios.
Por otro lado, hay una disposición final que también le quita el estatus de funcionarios públicos a los empleados de Petroperú.
Cronología
El 3 de junio de 2004 se publicó la Ley que autorizó a Petroperú a negociar contratos con Perupetro en exploración y/o explotación y de operaciones o servicios petroleros.

Asimismo, el 23 de julio de 2006 se publicó la Ley de Fortalecimiento y Modernización de Petroperú (Ley 28840) y el 20 de diciembre de 2007 se publicó la Ley de Promoción para el Desarrollo de la Industria Petroquímica.